Van a volver a derogar la reforma laboral del PP. La decisión política más veces anunciada de la historia de la normativa de trabajo de nuestro país está sobre la mesa desde hace meses pero el cambio parece haber encallado en un punto: las medidas para reducir la temporalidad. A la espera de saber en qué queda la propuesta de establecer un tope del 15 por ciento de contratos temporales por empresa y si se sustituye por un abanico de posibilidades por sectores, esta es la foto en datos del subcampeón europeo de la temporalidad, donde entre el 26 y el 35 por ciento de los afiliados al Régimen General son temporales, dependiendo de la época del año; la cifra se eleva por encima del 50 por ciento si son jóvenes, y casi uno de cada cuatro contratos registrados dura menos de 7 días.
A finales de marzo, último dato desagregado por edad facilitado por el Ministerio de Seguridad Social, el 65 por ciento de los jóvenes entre 16 y 19 años que trabajan en el Régimen General lo hacían con un contrato temporal. El 50 por ciento de los que tienen entre 20 y 25 años, también. Y el 41 por ciento de los que tienen entre 26 y 29 años. Y el 32 por ciento de quienes tienen entre 30 y 34 años. Había 3.758.603 afiliados y afiliadas ocupando un puesto temporal en marzo, antes de que empezasen los meses de mayor temporalidad, los de verano, y eso es el 26 por ciento de todos los afiliados en el Régimen General.
El 5 de agosto de 2011, el entonces presidente del Banco Central Europeo, Jean Claude Trichet, escribió una carta confidencial al entonces presidente del Gobierno de España, José Luis Rodríguez Zapatero, hoy bastante famosa. En ella le exigía entre otras modificaciones legislativas, que suspendiera temporalmente (valga la redundancia) la norma que limitaba el encadenamiento de contratos temporales. La limitación al encadenamiento de contratos se había introducido en 2007 y había funcionado. En un país de altísima temporalidad como es España, el índice de afiliados sujetos a contratación eventual se había reducido diez puntos desde la entrada en vigor de la prohibición.
Trichet pidió esta y otras medidas de forma confidencial y como condición para comprar deuda española en los mercados, como ya estaba comprando de otros países, para reducir la tensión que tan cara estaba costando (la prima) y que amenazaba al país.
La temporalidad en España es eso que todo el mundo señala como debilidad, que todo partido que aspira a gobernar promete solucionar, que está en todos los argumentarios de las reformas laborales, que afean a este país las instituciones europeas y que, cada vez que se limita o intenta limitar, provoca movimientos visibles y no tan visibles a nivel para amortiguar el cambio.
El límite de encadenamiento de contratos temporales fue recuperado por el Partido Popular en 2012 pero, cuando el empleo empezó a crecer, o se encontraron otras fórmulas para mantener una fuerte temporalidad, como la subcontratación; o bien las empresas optaron por asumir la penalización en cotizaciones sociales que implica.
LA MÁQUINA DE HACER CONTRATOS
El recurso al contrato temporal ha ido engrasando una máquina burocrática que hizo que cada año desde que se inició la recuperación económica tras la crisis de 2008 hasta la llegada de la pandemia se marcase un nuevo récord en número de contratos registrados, no como signo de que el mercado laboral español sea sano sino precisamente como reflejo de que los contratos cada vez duran menos y por eso se firman más. Son las mismas personas entrando una y otra vez en la maquinaria laboral cada vez a mayor velocidad.
En 2021, el panorama no ha cambiado. Entre enero y septiembre, ambos incluidos, se firmaron 13.790.763 contratos, de los que el 44,4 por ciento eran eventuales por causa de la producción y el 36,7 por ciento, por obra o servicio. El 22 por ciento duró menos de 7 días.
Aunque afectan más a las franjas de edad más jóvenes, el contrato ultra rápido de duración inferior a siete días está ampliamente extendido en todas las franjas de edad.
Por sectores, llaman la atención los contratos de duración indeterminada, donde se englobarían los contratos por obra o servicio, muy extendidos en España, en los que en muchos casos no se especifica la duración del contrato sino que este termina cuando lo hace la necesidad de trabajadores. Su lógica reside en que el contrato tenga flexibilidad cuando no están claros los tiempos de necesidad de mano de obra, como ocurre en el sector de la construcción, donde el 65 por ciento de los contratos firmados son de duración indeterminada. Llama más la atención que lo sean en el 42 por ciento de los contratos del sector de la Educación, en el 45 por ciento de los contratos del sector de Información y Comunicaciones o en el 50 por ciento del empleo doméstico.
En los contratos eventuales de duración determinada, llama también la atención que el 37 por ciento de los firmados por la industria manufacturera duren menos de 7 días, lo que ocurre en el 36 por ciento de los contratos de la Hostelería, en el 35 por ciento del sector del Transporte y Almacenamiento y en el 24 por ciento de las Actividades Sanitarias y Servicios Sociales.
Este ritmo de contratación ultra breve es el que lleva a que en este país se cree empleo neto los lunes, se destruya los viernes, repunte con fuerza el primer día de mes y se hunda el último.
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