Ya estamos de nuevo en la fiesta de la democracia, una oportunidad que ocurre normalmente cada cuatro años, que se acaba con el cierre de los colegios y tras la que ya no hay otra oportunidad hasta la siguiente convocatoria. En una jornada tan especial, nuestro boletín tenía que traerte datos de la convocatoria. Te traemos unos cuántos, como la cantidad de gente que ha adquirido derecho al voto desde las últimas elecciones generales o los acuerdos que dicen si un residente en España con origen en otro país puede o no votar en las municipales.
También te actualizamos otro de esos casos de ladrillo eterno, Valdecañas, con la última decisión del Tribunal Supremo al recurso de la Junta de Extremadura contra su demolición.
Arrancamos.
1.767.988 personas residentes en España votarán por primera vez en unas elecciones municipales este 28 de mayo
Este domingo, 1.767.988 personas residentes en España podrán votar por primera vez en las elecciones municipales. También lo harán en las autonómicas que se celebran en 12 comunidades, junto con las elecciones a las Asambleas de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Si nos fijamos en lo ocurrido desde las elecciones generales de noviembre de 2019, los nuevos electores ascienden a 1.570.376 personas.
En 44 municipios de España no se ha presentado nadie
En 44 de los 8.131 municipios que hay en España no habrá elecciones municipales debido a que no se ha presentado ninguna candidatura.
En Navarra se encuentran 38 de esos municipios. En Burgos son cuatro: Peral de Arlanza, Quintanilla de la Mata, Trespaderne y Zael junto con Cabezuela (Segovia) y Monroyo (Teruel). Estos municipios tienen un total de 9.870 habitantes y un censo electoral de 8.213 electores. De acuerdo con su población, deberían haber elegido a 228 concejales.
En este mapa puedes ver la localización de los municipios de Navarra donde no se han presentado candidaturas. Una parte importante se encuentran situados en los Pirineos, con poblaciones pequeñas y envejecidas.
Esta situación tampoco es una novedad en España. En 2019 hubo 36 municipios donde tampoco se presentó nadie de los que 31 estaban en Navarra.
De acuerdo con la ley electoral, si no se presentan candidatos, se deben programar nuevas elecciones en un periodo no mayor a seis meses. Si durante este periodo tampoco surge ningún candidato, se deberá establecer una comisión gestora. Según el artículo 182 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), esta comisión deberá estar compuesta por "todos los miembros de la corporación que continúen en funciones y los ciudadanos que hayan sido seleccionados para cubrir las vacantes". En caso de que no haya nadie disponible, la Diputación Provincial se encargará de la gestión.
Quién puede y no votar este domingo
En España tenemos tres censos electorales diferenciados, que para estas elecciones ha quedado conformado de la siguiente manera: el CER, de españoles residentes en España, con 35.115.495 electores; el CERE, con 414.692 electores extranjeros residentes en España y el CERA, con 1.055.653 electores residentes ausentes que viven en el extranjero.
En estas elecciones no todos pueden votar. En las municipales, los electores del CERA no pueden votar, pero sí en las convocatorias de elecciones autonómicas de sus lugares de origen. Por otra parte, los electores del CERE pueden votar en las municipales pero no así en las elecciones generales.
Según la estadística continua de población, una nueva encuesta publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) esta semana, en España, a 1 de enero de 2023, había residiendo 5.053.489 personas extranjeras mayores de 18 años. Entonces, ¿por qué solo 414.692 electores extranjeros residentes en España conforman el CERE?
Esto se debe a varios factores. En primer lugar, España solo considera integrantes del CERE a los extranjeros residentes en España pertenecientes a la Unión Europea y de aquellos terceros países con los que España tiene firmado un acuerdo de reciprocidad, es decir, que los españoles residentes en estos países también puedan votar en sus municipales: Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido y Trinidad y Tobago.
Por otra parte, para poder votar en las elecciones municipales de este 28 de mayo, había que solicitar expresamente la inscripción en el censo electoral. Además, deben reunir una serie de condiciones: ser mayor de 18 años, no estar privado del derecho de sufragio activo, estar inscrito en el Padrón municipal, tener residencia en España y haber residido en España cinco años en el momento de la solicitud. El plazo se rebaja a tres años de residencia para los nacionales de Noruega y Reino Unido. Según el INE, estos requisitos los cumplían a 1 de enero de 2023 casi un millón de personas.
En este gráfico tienes desglosado por países los extranjeros incluidos en el CERE que podrán ejercer su derecho al voto este domingo en las municipales. Van desde las más de 100.000 personas de Rumanía a las seis personas de Trinidad y Tobago.
984.108 personas han votado por correo el 28M, 5.814 de ellos en Melilla
984.108 personas han elegido ejercer su derecho a voto a través del correo para este 28M. Esto representa un aumento del 6,4% en comparación con el número de votos por correo que se registró en las últimas elecciones autonómicas y municipales, que tuvieron lugar el 26 de mayo de 2019, según la empresa pública Correos que ha facilitados los datos por provincias y comunidades autónomas.
En Melilla se contabilizarán finalmente 5.814 votos emitidos por correo de los 11.727 inicialmente solicitados para un censo electoral de 61.126 personas. Es decir, casi el 20% del censo electoral. Las alarmas se dispararon en la ciudad autónoma cuando se observó que se había solicitado para votar por correo una cifra significativamente mayor a la de elecciones anteriores y muy por encima del promedio nacional habitual.
La Junta Electoral acordó exigir la presentación del DNI al depositar la papeleta en Correos, y la Policía puso en marcha una investigación por la supuesta trama de compra de votos en Melilla. Este proceso, que aún está bajo secreto de sumario, ya ha resultado en una decena de arrestos, incluyendo a dos personas vinculados al partido Coalición por Melilla. Uno de los detenidos era candidato del partido y consejero, el otro es el yerno de Mustafá Aberchán, líder del partido, quien ya fue condenado por comprar votos en las elecciones generales de 2008. La Fiscalía General del Estado ha encargado a la Fiscalía Anticorrupción que asuma la investigación.
Embalses de uso consuntivo, al 39,3% de capacidad
Los datos de esta semana sobre el estado de los embalses de uso consuntivo en España, es decir, para usos agrícolas, domésticos/urbanos e industriales, aún no recogen las precipitaciones de los últimos días. La situación de los embalses, antes de que empezara a llover, disminuyó en 250 hm³ (equivalente al 0,6% de su capacidad total), hasta situarse en los 15.189 hm³ de agua almacenada. Son 17 puntos menos que la media de los últimos cinco años. Los cambios registrados oscilan entre una disminución de 58 hm³ en los embalses de la cuenca del Tajo hasta un incremento de 4 hm³ en el Cantábrico Oriental.
El Supremo insiste: Valdecañas sí se tira
El Tribunal Supremo lo ha tenido que escribir por segunda vez. Ha sido el pasado 18 de mayo, refiriéndose a la demolición del complejo exclusivo de Valdecañas y citándose a sí mismo: “No cabe apreciar imposibilidad material de ejecución de las correspondientes sentencias, respecto de todo lo que ya ha sido construido, por la afectación de intereses de carácter socioeconómico o de otra índole”. Ya lo dijo, recuerda, “en la sentencia del 9 de febrero de 2022”.
Que el ladrillo levantado en contra de la normativa acabe demolido no es lo habitual sino la excepción en España. Lo habitual, como explicamos en este artículo sobre la historia de la política de hechos consumados del urbanismo español, es lo que sigue ocurriendo con las decenas de miles de viviendas ilegales que levantó el Gil en Marbella, lo que aún ocurre con el hotel ilegal de El Algarrobico tras 17 años desde su paralización o lo que ocurrió cuando un gobernante intentó paralizar las aberraciones que se sucedían ya a izquierda y derecha en La Manga del Mar Menor hasta cubrirla casi entera.
Por lo que respecta al complejo urbanístico de lujo de Valdecañas, fue la Junta de Extremadura quien incluyó en la Red Natura 2000 los terrenos sobre los que se levanta, dándoles con ello una especial protección, y quien después incumplió la protección a la que obliga esa clasificación aprobando el proyecto urbanístico, del que actualmente hay un hotel ya en funcionamiento y 185 viviendas de las 565 inicialmente previstas. Y fue la Junta de nuevo la que, menos de un mes después de la primera sentencia que anuló el decreto que aprobaba el proyecto, modificó la ley autonómica del Suelo para incluir un artículo que lo salvase.
Además del uso y abuso de los boletines oficiales, la otra constante de las administraciones cuando defienden el ladrillo es gastarse el dinero público que haga falta para recurrir toda sentencia en su contra. Al modo en que lo ha hecho durante años el Ayuntamiento de Carboneras, sumándose a los recursos de la constructora Azata para salvar el Algarrobico, la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de El Gordo y el Berrocalejo (Cáceres) se sumaron a los recursos y argumentos de comunidades de propietarios y la entidad Marina Isla de Valdecañas S.A. para tratar de evitar la demolición. La Justicia rápida no es. El Supremo no ratificó la sentencia de demolición hasta 2014 y todavía quedaban por delante los procedimientos de ejecución.
Cuando se instó a la Ejecución de la sentencia de demolición de Valdecañas, la Junta de Extremadura esgrimió su propia ley de suelo, la que había modificado a posteriori tras la primera sentencia contra el complejo urbanístico, para alegar "imposibilidad legal de ejecutar". El cambio de la Ley del Suelo de Extremadura fue declarado inconstitucional por sentencia de 13 de noviembre de 2019.
Entonces la Junta de Extremadura se agarró a otro habitual de estos casos: no hay dinero para demoler e indemnizar y eso va a dañar los servicios de los extremeños y extremeñas. Según cálculos realizados desde la propia Junta, el perjuicio se eleva a casi 145 millones de euros, de los que 34 millones corresponderían al coste de demolición de lo edificado y 111 millones al impacto de las indemnizaciones a los propietarios, cifra que no incluye, asegura la Junta, lo que habría que indemnizar al dueño del hotel.
Eso es lo que el Supremo le ha dicho por segunda vez que no cuela y esta vez ni siquiera admite a trámite el recurso y condena en costas a los recurrentes por insistir en el mismo asunto. Pero esto no acaba aquí. El Constitucional sí admitió los recursos presentados por un estrecho margen (un voto de diferencia), así que Valdecañas sigue de momento en pie.
De ladrillo hemos hablado mucho y seguiremos haciéndolo. Si quieres saber las historias humanas, de corrupción, ver mapas que estaban inéditos y leer documentos desvelados por DATADISTA sobre el poder del ladrillo en la costa mediterránea española y eres de los que aún no ha leído Playa Burbuja: un viaje al reino de los señores del ladrillo, aquí puedes hacerte con él.
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